La redacción en el asesor - página 4

 
sever31:

hola. una rama muy interesante ... Tengo una pregunta: ¿qué es el "derecho de autor"?


Una posible respuesta es la primera palabra de la última línea de esta página.
 

Um... En realidad, PRE-ALTORIAL y DERECHOS DE AUTOR son "dos grandes diferencias". Estos últimos, según la legislación rusa, no son en principio alienables. Por lo que yo sé, en términos de la legislación vigente (pero en general, en todo caso - ciclomotor no es mío, es decir, no soy un abogado) - el autor del programa tiene el derecho al programa que se escribe "tse shovalya Vasya Pupkin". Y no puede vender este derecho. :)

 
sever31:

hola. un hilo muy interesante ... Tengo una pregunta: ¿qué es el derecho de autor?

Derechos de autor o copyright

 
Azzx:

El autor del programa tiene derecho a que se escriba en él la frase "el programa fue realizado por Vasya Pupkin". Y no puede vender este derecho. :)

hay otra manera, sólo cambiar los nombres de algunas variables y entonces no será un programa de "Vasya Pupkin" y el derecho de autor puede ser fácilmente eliminado para el derecho de autor no se aplica a los algoritmos computacionales, sino sólo al código en su conjunto como una obra "literaria".
 
Artículo 1225. Resultados protegidos de la actividad intelectual y medios de individualización

1. Los resultados de la actividad intelectual y los medios similares de individualización de las personas jurídicas, los bienes, las obras, los servicios y las empresas a los que se otorga protección jurídica (propiedad intelectual) serán

1) obras de ciencia, literatura y arte;

2) programas informáticos para ordenadores electrónicos (software)

3) bases de datos;

4) actuaciones;

5) fonogramas;

6) la difusión de programas de radio o televisión por aire o por cable (difusión por organismos de radiodifusión o de cable)

7) inventos;

8) modelos de utilidad;

9) diseños industriales;

10) logros de la selección;

11) topologías de circuitos integrados;

12) secretos de producción (know-how);

13) nombres comerciales;

14) marcas comerciales y de servicio;

15) denominaciones de origen;

16) denominaciones comerciales. 2.

(2) La propiedad intelectual estará protegida por la ley.

Artículo 1228. Autor del resultado de la actividad intelectual

1) Todo ciudadano cuyo trabajo creativo haya producido el resultado de la actividad intelectual será considerado autor del resultado de la actividad intelectual.

No se considerará autor del resultado de la actividad intelectual a los ciudadanos que no hayan realizado una contribución creativa personal en la creación de dicho resultado, incluidos aquellos que hayan prestado un apoyo o asistencia meramente técnica, de consultoría, organizativa o material al autor, o que se hayan limitado a colaborar en la formalización de los derechos sobre dicho resultado o su utilización, así como los ciudadanos que hayan ejercido el control sobre la ejecución de la obra correspondiente.

(2) El autor del resultado de la actividad intelectual tendrá el derecho de autor y, en los casos estipulados por este Código, el derecho al nombre y otros derechos personales no patrimoniales.

El derecho de autor, el derecho al nombre y otros derechos personales no patrimoniales del autor serán inalienables e intransferibles. La renuncia a estos derechos es nula.

La autoría y el nombre del autor estarán protegidos indefinidamente. Después de la muerte de un autor, su autoría y su nombre pueden ser protegidos por cualquier persona interesada, salvo en los casos previstos en el apartado 2 del artículo 1267 y en el apartado 2 del artículo 1316 de este Código.

(3) El derecho exclusivo sobre un resultado de la actividad intelectual creado por el trabajo creativo recae inicialmente en su autor. Este derecho puede ser transferido por el autor a otra persona en virtud de un acuerdo, y también puede ser transferido a otras personas por otros motivos estipulados por la ley.

4. El derecho al resultado de la actividad intelectual creada por el trabajo creativo conjunto de dos o más ciudadanos (coautoría) pertenecerá a los coautores conjuntamente.

Artículo 1255. Art. 1255 Derechos de autor

1. Los derechos intelectuales de las obras científicas, literarias y artísticas se considerarán derechos de autor.

(2) El autor de una obra tendrá los siguientes derechos:

1) el derecho exclusivo a la obra;

2) derecho de autor;

3) Derecho del autor a un nombre;

(4) Derecho de inviolabilidad de la obra;

(5) Derecho de exposición pública de la obra.

3. En los casos previstos por este Código, el autor de una obra tendrá, además de los derechos especificados en el apartado 2 de este artículo, otros derechos, entre ellos el derecho a la remuneración por la utilización de una obra oficial, el derecho de retracto, el derecho de sucesión, el derecho de acceso a las obras de artes plásticas.


Artículo 1261. Programas informáticos
Los derechos de autor de todo tipo de programas de ordenador (incluidos los sistemas operativos y los complejos de programas) que puedan expresarse en cualquier lenguaje y en cualquier forma, incluidos el código fuente y el código objeto, se protegerán del mismo modo que los derechos de autor de las obras literarias. Un programa de ordenador es una colección de datos y comandos presentados en forma objetiva, diseñados para el funcionamiento de ordenadores y otros dispositivos informáticos con el fin de producir un resultado específico, incluyendo los materiales preparatorios obtenidos durante el desarrollo del programa de ordenador y las representaciones audiovisuales generadas por el mismo.
 
Andrei01:
hay otra salida. basta con cambiar los nombres de algunas variables y entonces no será un programa de "Vasya Pupkin" y el copyright puede ser eliminado porque el copyright no se aplica a los algoritmos computacionales sino sólo al código en su conjunto como obra "literaria".
Por qué jugar. Es posible enterrar al autor de una vez, y pegar su foto en su pasaporte.
 
Andrei01:
hay otra manera, sólo cambiar los nombres de algunas variables y entonces no será un programa de "Vasya Pupkin" y el derecho de autor puede ser eliminado porque el derecho de autor no se aplica a los algoritmos computacionales, sino sólo al código en su conjunto como una obra "literaria".

¿Así que si "retocas" un capítulo de Guerra y Paz, puedes poner tu nombre en la portada de la novela?

¿Le he entendido bien?

 
granit77:
¿Cuál es el problema? Podrías enterrar al autor directamente y pegar tu propia foto en su pasaporte.
¡¡¡!!! //¿Por qué no escribí eso?
 

SI PARA EL PÚBLICO. ¿qué es off-topic - de qué estamos hablando?

¿la autoría de qué?

¿el algoritmo? ¿Código en lenguaje "X"?

Producto terminado en android, OS/2...

;)

 
avatara:

SI PARA EL PÚBLICO. ¿qué es off-topic - de qué estamos hablando?

¿la autoría de qué?

¿el algoritmo? ¿Código en lenguaje "X"?

Producto terminado en android, OS/2...

;)

Derechos de autor en el MODELO.

Está el derecho al proyecto/idea, y luego está el derecho al modelo...